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PROTOCOLO PARA INGRESO DE TRANSPORTE DE MERCADERIAS

A los efectos de evitar el contagio y propagación de la Pandemia provocada por el COVID-19, se dispone la implementación de protocolos sanitarios para el ingreso de transportistas y transporte de mercaderías como así también para los puntos de carga, descarga y/o distribución de las mismas.-

Se informa a los transportistas en general y empresas de transportes de la localidad, la implementación del siguiente protocolo para su efectivo cumplimiento:

1.- El Ingreso a la ciudad de Monte Caseros se realizará únicamente por Ruta Nº 129 (único acceso autorizado), y estará habilitado para ello durante las 24 hs.-

2.- A todo transportista de esta u otra localidad, que provenga de “ZONA BLANCA (localidades sin circulación viral)”, y demuestre fehacientemente la procedencia de su viaje mediante hoja de ruta, previo al ingreso a la ciudad, se le controlara la ausencia de sintomatología de su chofer y acompañante (tos, problemas respiratorios, temperatura, etc) por parte de personal municipal y demás fuerzas de seguridad. Se establece que sólo están autorizados a ingresar a la ciudad máxima 2 (dos) personas por vehículo.-

3.- Para los transportistas que provengan de “ZONA ROJA: (localidades con circulación viral”):

a) Transportistas que provienen de “Zona Roja”, que no tengan domicilio en nuestra localidad: (transporte, chofer y acompañante), no podrán ingresar a la ciudad, deberán realizar trasbordo de mercaderías en el lugar designado por este Municipio, siento este el “Predio de Granja Municipal” ubicado sobre ruta Prov. Nº 129. Quedan exceptuados de dicha medida: los vehículos que transporten mercaderías que deben mantener cadena de frío para su correcta conservación, los trasportes de combustible y gas licuado; en cuyos casos los choferes y acompañantes en ningún momento podrán descender del vehículo y serán acompañados durante su recorrido por personal municipal y demás fuerzas de seguridad a efectos de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas.-

b) Transportistas que provengan de zona roja y que tenga domicilio en nuestra localidad: deberán realizar trasbordo de mercadería en el lugar designado por este Municipio, siendo este el “Predio de Granja Municipal” ubicado sobre ruta Prov. Nº 129. Quedan exceptuados de dicha medida: los vehículos que transporten mercaderías que deben mantener cadena de frío para su correcta conservación, los trasportes de combustible y gas licuado. Asimismo el chofer y/o acompañante, con domicilio en nuestra ciudad, una vez finalizada su actividad, serán acompañados por personal municipal y demás fuerzas de seguridad a su domicilio para ser aislado por 14 días junto a las personas que habiten en dicho domicilio, transcurrido el plazo establecido, y siempre y cuando no presenten síntomas podrán reanudar su activad con normalidad; En caso que el chofer y/o acompañante deban retomar su actividad laboral antes de finalizar el aislamiento ordenado, los habitantes de su domicilio continuaran en aislamiento, hasta cumplir el periodo de 14 días.- Al regreso del conductor o chofer y/o acompañante a su domicilio deberá reiniciarse el periodo de aislamiento de 14 días para los que habiten en dicho domicilio.-

4.- Para los transportistas que provengan de zona roja con materiales de construcción, cargas pesadas agroquímicos y similares, el trasbordo de mercaderías se realizara en el Predio habilitado del Parque Industrial sobre ruta Prov. Nº25.-

DISTRIBUCIÓN INTERNA: PROTOCOLO PARA LUGARES DE CARGA O ABASTECIMIENTO DE MERCADERIAS:

1.- La distribución de mercaderías dentro de la ciudad para los trasportistas de otras localidades que provengan de ZONA BLANCA, no podrá realizarse en más de (3) Tres puntos de entrega definidos e identificados por vehículo, quedan exceptuados de dicha medida los vehículos que transporten mercaderías que deben mantener cadena de frío para su correcta conservación.-

2.- Los transportistas deberán comunicarse con el lugar de destino previo al arribo, para verificar que se hayan adoptado las medidas pertinentes.-

3.- El conductor y/o acompañante deberán permanecer a bordo de su vehículo, no se autoriza el acceso a comercios, depósito y/u otras dependencias de los destinos bajo ningún motivo.-

4.- Es obligatorio para todo chofer y/o acompañante, el uso de mascarillas/barbijos, guantes de primer uso y/o todos elementos de bioseguridad necesario.-

5.- Evitar contacto físico manteniendo la mayor distancia posible.-

6.- Las facturas, remito u hojas de ruta deberán ser proveídas al transportista en un folio, habiéndose tomado los recaudos de higiene necesarios para evitar su contaminación y asegurando la mayor distancia posible para su entrega.-

7.- Los comercios deberán arbitrar los medios para que el transportista realice su actividad de carga y descarga en sus instalaciones sin bajar de la unidad. Esto implica acercarle los documentos a la cabina del camión.-

8.- Reforzar la limpieza de las superficies utilizadas por los transportistas como picaportes, barandas, canillas, etc.-

9.- Depositar la mercadería en la puerta del cliente en caso de productos no perecederos.-

10.- Realizar todos los tramites posibles vía web o telefonía móvil, ello le permite evitar lugares públicos.-

11.- Ante cualquier consulta y/o denuncia se debe comunicar con la Secretaria de Seguridad Ciudadana al Teléfono 3775- 409321

 

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